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Formas de extinción de las obligaciones fiscales: Todo lo que debes saber para cumplir con el SAT

En el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto las personas físicas y morales deben conocer las diferentes formas de extinción de las obligaciones fiscales para evitar sanciones por parte de las autoridades fiscales, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas formas permiten a los contribuyentes liquidar sus impuestos a cargo de acuerdo con las disposiciones fiscales establecidas en el Código Fiscal de la Federación.

A continuación, analizaremos las formas más comunes de extinción de obligaciones, como el pago, la condonación, la cancelación, la compensación, la caducidad y la prescripción.


El pago de las obligaciones fiscales

El pago es la principal manera de extinguir las obligaciones. En este caso, las cantidades pagadas se aplican a los créditos más antiguos, siempre que sean del mismo tipo de contribución. Antes de aplicar el pago al crédito principal, se liquidan los accesorios en el siguiente orden:

  1. Gastos de ejecución.

  2. Recargos.

  3. Multas.

  4. Indemnización por devolución de cheques sin fondos (20%).


Los contribuyentes, ya sean personas físicas o personas morales, deben presentar la declaración correspondiente y realizar los pagos provisionales para mantenerse al corriente con el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Esto incluye cubrir impuestos como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y otros conceptos que puedan derivarse de su actividad empresarial o de que presten servicios.


La condonación como forma de extinción fiscal

La condonación es una facultad discrecional otorgada a las autoridades fiscales con base en principios de equidad. Este mecanismo permite reducir o eliminar los accesorios de una contribución, pero nunca el monto principal.


Requisitos para la condonación

Para que proceda la condonación, deben cumplirse ciertos requisitos:

  1. Otorgamiento por el Poder Ejecutivo.

  2. Debe ser general y aplicarse por región o actividad empresarial.

  3. Estar contemplada en alguna ley del impuesto o normativa fiscal vigente.


Por ejemplo, el Código Fiscal de la Federación establece que las condonaciones pueden aplicarse únicamente en circunstancias excepcionales.


Cancelación de créditos fiscales

La cancelación se aplica en situaciones donde existe incosteabilidad en el cobro o insolvencia comprobada del deudor. Sin embargo, la obligación fiscal queda latente y puede reactivarse si las condiciones del deudor mejoran.

En el caso de las personas físicas y morales, las autoridades fiscales pueden evaluar la situación económica del contribuyente mediante registros del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y comprobantes fiscales digitales por internet.

Si el contribuyente vuelve a generar recursos, los créditos cancelados pueden reanudarse y hacerse efectivos.


Compensación: Liquidación de adeudos fiscales

La compensación permite extinguir obligaciones fiscales cuando dos partes reúnen simultáneamente la calidad de acreedores y deudores. En este proceso, los montos se neutralizan hasta cubrir el adeudo inferior.


Supuestos para la compensación fiscal

  1. La obligación de pago debe realizarse mediante la presentación de una declaración anual o provisional.

  2. El crédito fiscal y el pago deben referirse a la misma contribución.


Por ejemplo, si un contribuyente pagó de más en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, puede solicitar la compensación de ese saldo a favor contra futuros pagos provisionales. De esta manera, se agiliza el cumplimiento sin necesidad de solicitar devoluciones formales.


La caducidad de las facultades fiscales

La caducidad implica la pérdida de las facultades de las autoridades fiscales para determinar créditos fiscales, sanciones o verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Plazos generales de caducidad

  • 5 años: Desde la fecha en que surgió la obligación fiscal.

  • 10 años: Cuando el contribuyente no está registrado en el Registro Federal de Contribuyentes o no presenta contabilidad.

  • 3 años: En casos de responsabilidad solidaria.


Para que la caducidad opere, es necesario que el contribuyente solicite su declaración formal ante la autoridad fiscal, ya que no ocurre automáticamente.


La prescripción de créditos fiscales

La prescripción es la extinción del crédito fiscal por el transcurso del tiempo. Aplica a obligaciones fiscales determinadas y líquidas.


Requisitos de la prescripción

  1. Transcurso de 5 años desde el momento en que se determina el crédito.

  2. La prescripción se interrumpe cuando:

  3. La autoridad fiscal realiza gestiones de cobro.

  4. El contribuyente reconoce el adeudo a través de un pago parcial o escrito.

En estos casos, las autoridades fiscales pueden exigir el pago hasta que concluya el plazo establecido en el Código Fiscal de la Federación.


Conclusión

Conocer las formas de extinción de las obligaciones fiscales es fundamental para que personas físicas y morales mantengan un adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales. Ya sea a través del pago, la condonación, la compensación o la prescripción, es clave mantenerse al día con la normativa para evitar sanciones.


Además, el uso correcto de herramientas como los comprobantes fiscales digitales por internet y el cumplimiento puntual de la declaración anual permiten una gestión fiscal eficiente y ordenada.


Cumplir con las disposiciones fiscales no solo garantiza la tranquilidad del contribuyente, sino también la continuidad de su actividad empresarial en el marco legal establecido por las autoridades fiscales.


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