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Cambios en el RESICO 2025 que los contribuyentes deben saber

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ha sido una alternativa atractiva para contribuyentes personas físicas y morales que buscan simplificar sus obligaciones fiscales y acceder a tasas impositivas más bajas. Sin embargo, para el ejercicio fiscal 2025, se han implementado nuevas disposiciones fiscales que los contribuyentes deben conocer para mantenerse en este régimen.


Desde la actualización en los requisitos para la e-firma, la implementación de nuevas reglas para la devolución de saldo a favor, hasta cambios en la actualización de actividades económicas, este año trae modificaciones importantes que impactarán a quienes tributan bajo este esquema.


A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir con la autoridad fiscal y seguir disfrutando de los beneficios del RESICO.


¿Qué es el RESICO y por qué es relevante en 2025?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) nació como una opción más accesible para los pequeños contribuyentes, en sustitución del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Su principal ventaja es el pago de impuestos con tasas reducidas, que van del 1% al 2.5% sobre los ingresos obtenidos, sin necesidad de aplicar deducciones complicadas.


Para 2025, la autoridad fiscal ha reforzado los requisitos de permanencia en el RESICO, haciendo especial énfasis en la necesidad de:


  • Contar con e-firma activa.

  • Presentar el aviso de inscripción o actualización en el régimen.

  • No superar ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales.

  • Cumplir con la declaración anual y pagos mensuales.


No cumplir con estos requerimientos puede implicar la exclusión automática del régimen, lo que obligaría al contribuyente a tributar bajo esquemas con mayores cargas fiscales.


Principales modificaciones fiscales en el RESICO

Para el ejercicio fiscal 2025, el RESICO presenta cambios clave que afectan tanto a personas físicas como a ciertos residentes en el extranjero con actividad económica en México.


Nueva fecha límite para habilitar el Buzón Tributario

Una de las modificaciones más importantes para este año es la obligatoriedad del Buzón Tributario para todos los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).


De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, aquellos que se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o realicen una actualización de actividades económicas deberán habilitar su Buzón Tributario dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su registro.


Este cambio tiene como objetivo garantizar que la autoridad fiscal pueda comunicarse de manera efectiva con los contribuyentes y enviarles notificaciones sobre sus obligaciones fiscales, evitando así sanciones o problemas administrativos.


Prórroga del SAT para habilitar el Buzón Tributario

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció recientemente una prórroga para que los contribuyentes cumplan con la habilitación del Buzón Tributario sin enfrentar sanciones. De acuerdo con el comunicado oficial, la nueva fecha límite para cumplir con esta obligación es el 31 de diciembre de 2025.


Este aplazamiento es una gran oportunidad para quienes aún no han activado su buzón, pero también un recordatorio de que el cumplimiento de esta obligación es inminente. A partir del 1 de enero de 2026, el no tener habilitado el Buzón Tributario será motivo de infracción, lo que puede derivar en multas que van desde $3,850.00 hasta $11,540.00 pesos, dependiendo de cada caso.


Por ello, el SAT recomienda que todos los contribuyentes que aún no han activado este servicio lo hagan cuanto antes, evitando así posibles sanciones y asegurando una comunicación fluida con la autoridad fiscal.


Requisitos actualizados para tributar en el RESICO

El SAT ha establecido nuevos criterios para garantizar que solo los contribuyentes que realmente cumplen con el perfil del RESICO puedan seguir tributando bajo este esquema.

Límites de ingresos y exclusión del régimen


  • Para mantenerse en el RESICO, los contribuyentes personas físicas no deben superar ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales.

  • Si un contribuyente rebasa este umbral, deberá realizar un aviso de actualización y cambiar a otro régimen fiscal.


Obligaciones fiscales y presentación de declaraciones

  • Es obligatorio presentar el aviso de inscripción y actualización cuando haya cambios en las actividades económicas y obligaciones.

  • Se deben realizar pagos mensuales y, en algunos casos, cumplir con la declaración anual dependiendo del tipo de ingresos reportados.


Beneficios fiscales para contribuyentes del RESICO en 2025

Una de las razones por las que el RESICO sigue siendo atractivo es por sus estímulos fiscales y facilidad de cumplimiento.


Reducción de tasas impositivas y simplificación de pagos

  • Se mantiene la tasa del 1% al 2.5% sobre ingresos reportados.

  • No es necesario llevar una contabilidad compleja ni presentar declaraciones detalladas como en otros regímenes.


¿Cómo solicitar la devolución de saldo a favor en el RESICO?

Para 2025, el SAT ha mejorado el proceso de devolución de saldo a favor, permitiendo que los contribuyentes puedan solicitarlo de manera mensual o conjunta al cierre del ejercicio.


Proceso para la devolución de impuestos

  1. Presentar la declaración anual con la solicitud correspondiente.

  2. Asegurar que los pagos realizados superen la cantidad de impuestos calculada por la autoridad fiscal.


Requisitos y tiempos de respuesta del SAT

  1. Cumplir con la fracción III del artículo correspondiente del Código Fiscal de la Federación.

  2. El SAT tiene un plazo de hasta 40 días para realizar la devolución del saldo.

Opciones para cambiar al RESICO en 2025

¿Quiénes pueden migrar al RESICO este año?

  1. Contribuyentes que en 2024 tributaban en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

  2. Personas con actividades empresariales que cumplan con los ingresos máximos permitidos.


Pasos para realizar la actualización de actividades económicas

  1. Presentar el aviso de cambio de régimen ante el SAT.

  2. Realizar la actualización de actividades económicas en el RFC.

  3. Obtener la e-firma y habilitar el buzón tributario en los plazos establecidos.


Conclusión: 

El RESICO 2025 sigue ofreciendo grandes ventajas para los contribuyentes, pero también trae consigo nuevas disposiciones fiscales que requieren especial atención. Para evitar problemas con la autoridad fiscal, es fundamental:


✔ Cumplir con la habilitación del buzón tributario dentro del plazo establecido.

✔ Realizar la actualización de actividades económicas cuando sea necesario.

✔ Presentar la declaración anual y mantener los pagos al día.

✔ Asegurarse de contar con e-firma activa y en regla.



 
 
 

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